DOCUMENTOS INSTITUCIONALES PARA LA GESTIÓN EDUCATIVA Y DE RÉGIMEN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO DEL CENTRO
En el enlace anterior, se puede encontrar:
- El proyecto Educativo en el Artículo 121, donde pone cómo está organizado.
- El proyecto de Gestión de los centros públicos en el Artículo 123, en el que se puede leer que los centros pueden hacer lo que les consideren necesario pero dentro de los márgenes de la ley impuesta.
- Normas de Funcionamiento en el Artículo 124, donde vemos que cada centro se organiza de la manera que quiera.
PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO
En este vídeo, se explica de qué trata el Proyecto Educativo de Centro:
- El PEC tiene que ser una escueta especificación de las senas de identidad del centro.
- El PEC es un conjunto de objetivos educativos y unas estrategias para conseguirlos.
- El PEC es un instrumento para la convergencia educativa del centro
- El PEC busca un modelo educativo ideal.
- El PEC es una invitación a la innovación para los profesionales y padres.
Como bien dice en el vídeo, el PEC es elaborado por el equipo directivo con las directrices del Consejo Escolar, las propuestas del Claustro y la AMPA, y es aprobado por el Directo.
En definitiva, el PEC trata de elaborar ideas para que los estudios en el centro sean completos y traten todos los ámbitos: excursiones fuera del centro, el fomento de la lectura, el trabajo de los idiomas, el comedor escolar...
Experiencia personal: cuando estaba en el colegio, los profesores nos llevaban de excursión al Forn Cultural, donde nos daban charlas y hacían obras de teatro. Esas excursiones de tipo cultural eran organizadas por el Proyecto Educativo de Centro.
En cuanto al tema del comedor, en mi colegio Rambla dels Molins, pusieron uno hace cinco años. Y respecto a la asignatura de inglés, la añadieron al conjunto de asignaturas que se debían impartir cuando yo estaba cursando 3º de Primaria.
PROYECTO DE GESTIÓN
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 1. Los centros estarán dotados de los recursos necesarios para impartir una docencia de calidad e igualdad.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 2. Las administraciones podrán dotar de mayor recursos a los centros según necesidades.
- Titulo V. Cap II. Art.122. Punto 3. Los centros públicos podrán obtener recursos extra con la aprobación del consejo escolar y dentro de los limites de la ley.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 1. Los centros regidos por esta ley tienen autonomía para su gestión económica.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 2. Las administraciones podrán delegar en los órganos del centro, la adquisición de bienes, contratación de obras.
- Titulo V. Cap II. Art.123. Punto 3. Los centros podrán establecer requisitos de titulación y capacitación profesional para los puestos a desarrollar.
Ejemplo de Gestión de Personal I:
- Protocolo de acogida del profesorado.
- Asignación de tutorías.
- Criterios de confección de los horarios.
- Modelos de Comunicación de horarios.
- Criterio de sustituciones.
- Información de sustituciones al profesorado.
- Protocolo de gestión de faltas y retrasos.
- Licencias y permisos del profesorado.
- Plan anual de formación del profesorado.
- Protección de datos personales.
- Plan de actividades socio-docentes
Ejemplo de Gestión de Personal II:
- Plan de seguridad y salud laboral.
- Consumo responsable de recursos.
- Mejora de la coordinación docente.
- Modelos de Comunicación de horarios.
- Protocolo de comunicación interna.
- Protocolo de participación del profesorado.
- Código deontológico docente.
- Reconocimiento de las buenas practicas.
- Plan anual de formación del profesorado.
- Protección de datos personales.
- Consenso y debate sobre el Plan General de recursos humanos.
PROYECTO CURRICULAR
Para saber lo que es el proyecto curricular, pulse aquí: proyecto curricular
Los proyectos curriculares concretaran y completaran el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.
- La adecuación de los objetivos generales de la Educación Infantil y Primaria al contexto escolar.
- Organización y adecuación a los ciclos de los contenidos y grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los objetivos generales de la etapa y de las áreas o ámbitos de experiencias.
- La distribución secuencial de los contenidos por ciclos en la Educación Primaria.
- Criterios metodológicos de carácter general y de organización espacio- temporal.
- Criterios y estrategias de evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y, en Educación Primaria, criterios de promoción de ciclo.
- Decisiones relativas al tratamiento de la diversidad, en el marco del curriculum ordinario.
- La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial.
- Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con NEE.
- Orientaciones generales para el tratamiento de temas referentes a la educación moral y cívica.
- Criterios para la selección de los materiales curriculares y de los recursos didácticos que se utilizarán.
- Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza, la práctica docente y el trabajo del equipo educativo.
- Cauces para establecer la coordinación e información periódica con las familias.
Los proyectos curriculares serán coordinados por la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro y aprobados y evaluados por el Claustro de profesores.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
El Reglamento de Régimen Interno es un conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula la convivencia en el centro. Se encarga de conocer el protocolo para resolver conflictos que se presentan entre los alumnos.
- La organización para la participación de todos.
- La organización y reparto de responsabilidades.
- Los procedimientos de actuación del consejo escolar y de las comisiones que se creen.
- La organización de los espacios del centro.
- Se dispondrán en el centro tablones de anuncios al respecto.
En la elaboración del RRI el Claustro podrá aportar criterios y propuestas. La AMPA podrá aportar propuestas de modificación del RRI. Quien aprobará el RRI, será el Director/a del centro.
PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL
Los centros elaborarán al principio al principio de cada curso una PGA que reunirá todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro incluyendo proyectos, currículum y normas de actuación.
La PGA facilitará el desarrollo coordinado de todas las actividades educativas, el correcto ejercicio de los distintos órganos de gobiernos del centro y de coordinación y participación.
La PGA trata de organizar el planning que se llevará a cabo a lo largo del curso en lo que respecta a todos los ámbitos: el comedor, las actividades extraescolares, los horarios de los profesores, alumnos y el personal de servicio, esto es, el horario general, el calendario con las reuniones de profesores, así como las reuniones para entregar información a las padres a lo largo del curso o el boletín de notas de los alumnos. Además de todo lo referido con las evaluaciones para controlar el nivel de los alumnos.
Experiencia personal: en mi colegio, hay muchas actividades extraescolares: cuando yo iba había una profesora de baile por las tardes, una banda de música para ofrecer "conciertos" en el teatro... Y ahora, mi hermano, por ejemplo, va a clases de baloncesto los martes y jueves con un entrenador que imparte las clases en el mismo centro.
La coordinación de la elaboración de la PGA es del Equipo directivo de acuerdo con la directrices del Consejo escolar, las propuestas del Claustro y la AMPA, la aprueba el Director/a del centro.
RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CENTRO
- Buena organización y funcionamiento de los Centros.
- Transparencia en el gasto.
- Autonomía en la gestión económica y financiera.
- Aprobación de las normas reguladoras de la gestión Económica de los centros no universitarios.
- Delegación del Conseller en los directores de los centros de las facultades ordinarias de gestión económica.
- Los fondos se librarán a los centros cuatrimestralmente.
- El director del Centro junto con el secretario/administrador elaborará el proyecto de presupuestos del Centro.
- Se presentará a la Comisión Económica para su valoración.
- Ingresos: Fondos ordinarios (libranzas cuatrimestrales), aportaciones de otras “Conselleries “,procedentes de legados y donaciones,venta de bienes y prestación de servicio,el saldo del ejercicio anterior
- El Consejo Escolar aprobará el Presupuesto en el primer trimestre del ejercicio económico.
- El secretario o el director enviarán una copia a la Dirección Territorial.
- La dirección Territorial emitirá un informe de corrección en caso de que detecte alguna irregularidad o error. Si no existe el informe desaprobatorio, se entenderá definitivamente aprobado.
- El director del centro presentará en el mes de enero al Consejo Escolar el balance de gastos mediante los modelos: Cuenta de ingresos y gastos de recursos procedentes de la Consellería de Educación. Cuenta de ingresos y gastos de recursos de otras procedencias diferentes a la Consellería de Educación. Cuenta de Tesorería resumen de las dos anteriores.
- Aprobadas junto al Presupuesto las cuentas anteriores, se remitirá una copia antes del 15 de febrero a la DT para que puedan ser intervenidas por la Intervención Delegada de Hacienda de la Conselleria de Educación.
- Una copia permanecerá custodiada por el secretario del centro junto a las acreditaciones de ingresos y justificantes de gastos.
- Una vez al trimestre el director del Centro informará a la Comunidad Educativa mediante el Consejo Escolar sobre el estado de cuentas del Centro.
- Los centros dispondrán de una sola cuenta corriente.
- Las órdenes de pago contra la cuenta del Centro llevarán firma del director del centro y del secretario y en defecto de ello de un profesor que pertenezca a la Comisión Económica.


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